jueves, 19 de mayo de 2011

DERECHOS LABORALES DE LOS TRABAJADORES



TODO TRABAJADOR TIENE LOS SIGUIENTES DERECHOS




•          CONTRATO DE TRABAJO:
                Una persona presta sus servicios a otra persona o empresa, bajo la subordinación de  ésta y recibe un salario a cambio. Para hacer valer los derechos laborales no es necesario que el contrato sea escrito.
•          JORNADA DE TRABAJO ORDINARIO:
                Diurna: Se trabaja entre las 6:00 a.m. a las 6:p.m. Su máxima duración es de 8 horas   diarias y 48 horas semanales.
                Nocturna: Se trabaja ente las 6:00 de la noche a las 6:00 a.m. del día siguiente. Su máxima duración es de 7 horas diarias y 42 horas semanales.
                Mixta: Se ejecuta conjugando tanto horas diurnas como nocturnas, pero con un máximo de 3 horas nocturnas. Su máxima duración es de 7 horas y media y 45 horas semanales.
•          SALARIO:
                Es todo lo que recibe el trabajador/a en dinero, especie (alimentos, ropa, etc), y otros. El salario mínimo es establecido por ley y es irrenunciable, aún cuando los trabajadores/as estén de acuerdo.
•          PRIMA DE ANTIGUEDAD:
                Es una indemnización que se reconoce a las relaciones por tiempo indefinido, cualquiera sea la causa de terminación. Consiste en una semana de salario por cada año de servicio o fracción correspondiente.
•          DÉCIMO TERCER MES:
                Es una bonificación especial equivalente a la doceava parte de todas las remuneraciones recibidas durante el año, incluidas las vacaciones. Se paga en tres partes iguales, el 15 de abril, el 15 de agosto y el 15 de diciembre.
•          SALARIO:
                Es todo lo que recibe el trabajador/a en dinero, especie (alimentos, ropa, etc), y otros. El salario mínimo es establecido por ley y es irrenunciable, aún cuando los trabajadores/as estén de acuerdo.
•          PRIMA DE ANTIGUEDAD:
                Es una indemnización que se reconoce a las relaciones por tiempo indefinido, cualquiera sea la causa de terminación. Consiste en una semana de salario por cada año de servicio o fracción correspondiente.
•          DÉCIMO TERCER MES:
                Es una bonificación especial equivalente a la doceava parte de todas las remuneraciones recibidas durante el año, incluidas las vacaciones. Se paga en tres partes iguales, el 15 de abril, el 15 de agosto y el 15 de diciembre.
•          VACACIONES:
                Consiste en un descanso anual remunerado de treinta días calendario por cada once meses de labores continuas al servicio de un mismo empleador/a, remunerado igual que el trabajador ordinario. La ley prohíbe  la renuncia a las vacaciones a cambio de una remuneración o la acumulación de más de 2 períodos de vacaciones.
•          DÍAS DE FIESTA O DE DUELO NACIONAL:
                Los días de fiesta son 1º de enero; martes de carnaval, 1º de mayo 1º de julio, 3, 5, 10, y 28 de noviembre y 8 y 25 de diciembre. Los días de duelo son 9 de enero y viernes Santo.
•          DESCANSO SEMANAL:
                Es un día de descanso al cual tiene derecho el trabajador después de cada semana laboral (la cual no puede ser más de 6 días.

•          MUJER EMBARAZADA:

Tiene derecho de estabilidad en el empleo. Es nulo el despido a la trabajadora en estado de embarazo y hasta 1 año después del parto. Solo puede ser despedida cuando exista justa causa autorizada previamente por los tribunales de trabajo.              

                Tiene derecho a un descanso pagado con el 100% de su salario, durante 14 semanas, 6 semanas antes del parto y 8 después.

      También tiene derecho de amamantar dentro de la jornada por períodos de 15 minutos cada 3 horas, o bien, media hora  2 veces al día.


  •DERECHO DE SINDICALIZACIÓN:
    Todo trabajador/a es libre de afiliarse o no a un sindicato, y de retirarse de él. Para constituir un sindicato se necesita al menos 40 trabajadores. No se requiere la autorización de la empresa o sus representantes.
  •       Reglamento interno del trabajo: Tendrá por objeto precisar las condiciones  obligatorias  a que deben someterse el empleador y sus trabajadores con motivo de la ejecución o presentación de servicios. El máximo para conformar el reglamento interno debe ser de 20 personas. (Art. 181)
  •      Comité empresa: En todo centro de trabajo, empresa o establecimiento, que ocupe a veinte (20)  o más trabajadores, funcionará un comité de empresa, constituido de modo paritario, por dos representantes del empleador y dos trabajadores sindicalizados, DERECHO DE SINDICALIZACIÓN:
  •      Todo trabajador/a es libre de afiliarse o no a un sindicato, y de retirarse de él. Para constituir un sindicato se necesita al menos 40 trabajadores. No se requiere la autorización de la empresa o sus representantes.
  •      Reglamento interno del trabajo. Tendrá por objeto precisar las condiciones  obligatorias  a que deben someterse el empleador y sus trabajadores con motivo de la ejecución o presentación de servicios. El máximo para conformar el reglamento interno debe ser de 20 personas. (Art. 181).
  •      Comité empresa: En todo centro de trabajo, empresa o establecimiento, que ocupe a veinte (20)  o más trabajadores, funcionará un comité de empresa, constituido de modo paritario, por dos representantes del empleador y dos trabajadores sindicalizados, designados anualmente por el sindicato respectivo, designados anualmente por el sindicato respectivo.

TOME EN CUENTA:                       
               El empleador no puede, sin justa causa, modificar el salario, la jornada, la jerarquía o el lugar de trabajo. Estos derechos son irrenunciables.
               Cuando la relación termina con responsabilidad del empleador/a deben cancelarse las prestaciones de ley.              
               Prima de Antigüedad, Vacaciones proporcionales, décimo tercer mes proporcional, indemnización y preaviso.
               Cuando es responsabilidad del empleador se paga Prima de Antigüedad, Vacaciones proporcionales, décimo tercer mes proporcional.
              
               Toda persona trabajadora tiene derecho a la seguridad social.
•   DEBE Pagar a los trabajadores los salarios y prestaciones.
•   Proporcionar oportunamente a los útiles, instrumentos y materiales necesarios para ejecuta el trabajo convenido.
•   Adoptar las medidas higiénicas y de seguridad y cualesquiera otras que prescriban las autoridades competentes.
•   Tomar las medidas indispensables y las prescritas por las autoridades para prevenir accidentes en el uso de maquinarias, instrumentos o materiales de trabajos y enfermedades profesionales y mantener una provisión de medica, medicinas para una atención inmediata.




DEBERES LABORALES DE LOS EMPLEADORES
•     Pagar a los trabajadores los salarios y prestaciones.
•   Proporcionar oportunamente a los útiles, instrumentos y materiales necesarios para ejecutar el trabajo convenido.
•     Adoptar las medidas higiénicas y de seguridad y cualesquiera otras que prescriban las autoridades competentes. Tomar las medidas indispensables y las prescritas por las autoridades para prevenir accidentes en el uso de maquinarias, instrumentos o materiales de trabajos y enfermedades profesionales y mantener una provisión de medica, medicinas para una atención inmediata.

•     Suministrar al trabajador alimentación higiénica y alimentación sana y suficiente, en el caso que se hayan obligado a hospedarle y alimentarle.
•    En los establecimiento que contraten mas de 10 trabajadores por temporada o temporalmente en un lugar distante de mas de 5 Km de la residencia habitual se esta obligado a suministrarle gratuitamente habitación higiénica salvo que se opte por sufragar los gastos de transporte. 

                 

31 comentarios:

  1. muchas gracias me ayudo mucho y muy concreto quisiera preguntar si un trabajador es consultor tiene los mismo derechos o no?

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  2. Quisiera saber si tiene derecho a recibir decimo una persona q tiene 8 meses trabajando en una empresa pero no tiene contrato de trabajo

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  3. cuando se genera el derecho a una cena de un trabajador. es chofer

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  4. Me dijeron en la empresa que trabaje entregue mi renunciA y ahor
    a dse que un mes devo sperar mi dinero adicional a pesar de que una ves mi cheque de pago me lo exaron paea atras sin fonso y tuve que esperar casi la semana para cambiarlo

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  5. mi renuncia fue entregada pero que tiempo maximo me deven pagar mi dinero disen que en un mes xq?? ademas renuncie x muchas raxones de esa empresa pero que alguien me diga???

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  6. un numero para ablar con alguien sobre mi renunciaa y sobre lo q me paso

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  7. Quisiera saver si un trabajador tiene derecho a q le pagen el salario de acuerdo a su puesto asicnado

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    1. Con esa manera de escribir suya tiene derecho pero de volver a la escuela

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  8. Trabaje 14 meses ganando 20 dolares diarios sin contrato ni nada soy eextranjero no poseo permiso de trabajo no me pagaron ni decimos ni vacaciones ni nada me tocarian que me pagaran las prestaciones? Aca mi nro 66721745 cualquier ayuda la agradeceria

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  9. A mi despidieron en mayo de este año y a la fecha no me an pagado mi liquidacion ahora me tienen trabajando 3 dias a la semana solo jueves viernes y sabado tengo derecho al pago de los dias feriados con recargo si los trabajé..y que puedo hacer con respcto al pago de la liquidacion gracias

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  10. A mi despidieron en mayo de este año y a la fecha no me an pagado mi liquidacion ahora me tienen trabajando 3 dias a la semana solo jueves viernes y sabado tengo derecho al pago de los dias feriados con recargo si los trabajé..y que puedo hacer con respcto al pago de la liquidacion gracias

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  11. Yo trabajo en una empresa y mis jefes no quieren pagar nada de nada ni tiempo ni décimo vacaciones etc.y yo soy indígena y los demás son latinos a ellos si le pagan todo pero a mi no .
    Pregunto? Que puedo hacer para que me den mis derechos Cómo trabador

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  12. que procede cuando un trebajador consume drogas en su trabajo

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  13. Hola buena tarde, tengo un contrato de trabajo, pero quiero solicitar unas vacaciones anticipadas (es decir antes de cumplir el año) quisiera saber si en el tiempo que tome de vacaciones anticipadas existieran días feriados estos serian considerados como parte de las vacaciones? así mismo los Domingos? de Antemano gracias por su respuesta.

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  14. Y el uniforme es obligatorio que la empresa le da la mitad del uniforme

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  15. AGRADECERÍA SI USTEDES ME AYUDAN INFORMANDOME SI LA CARGA PRESTACIONAL SON LAS SIGUIENTES O HABRÍA ALGUN OTRO RUBRO:
    VACACIONES, DECIMOTERCER,PRIMA DE ANTIGUEDAD, CESANTIAS Y EN EL CASO DE DESPIDO LA INDENNIZACION, PERO ADICIONAL DE ÉSTA HABRÍA QUE PAGARLE PREAVISO? QUÉ OTRAS CARGAS HAY QUE NO HAYA ENUNCIADO ?
    EN CUANTO A LA SEGURIDAD SOCIAL SON LAS SIGUIENTES O HABRÍAN MÁS FUERA DEL APORTE A LASEGURIDAD SOCIAL Y LA PENSIÓN?
    LES AGRADEZCO MUCHO SU COLABORACIÓN

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  16. Yo no trabaje una quincena por motivos economicos. No tengo derecho a mi decimo por eso?

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  17. Si se pide un permiso para alguna actividad o reunión de padres de familia en la escuela es pagado o debe ser descontado

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  18. Si labore mas de cuatro meces en una empresa privada en panama ,tendre derecho a decimo tercer mes

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  19. Hola mi trabajo es de limpieza dos días a la semana y de lunes a viernes cuido loas niños eso me paga el hijo de la señora y ella me paga los dos días de limpieza ella alega q no tengo derecho a liquidación por que no tengo dependencia económica de ellos pero les trabajo en la misma casa a los dos de lunes a viernes que debo hacer para saber mis derechos. Me despidió por que mi hijo me lo dejaron ingresado en el hospital por 4 días me dijo que buscaría a otra persona.

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  20. Buen día mi pregunta es ¿Que tan cierto es que las constancias medicas no las pagan? fui a una cita medica y como salí temprano de la misma pedí una constancia para entregarla en planilla pero ahora me dicen que esas constancias no las pagan.

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  21. Exactamente quien puede dar respuesta a esto ami me paso lo mismo entonces para los medicos la dan si es validosi lis jefes son unos Hp.

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  22. Hola saludos mi pregunta es la siguuente si el empleado durante su jornada tiene derecho a unos minutos de descanso cuanto seria llamado coffe

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  23. si contrato los servicios profesionales de un medico y si doy por termino ese contrato que es lo que tengo que pagarle.

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  24. Buenos días, tengo una consulta

    En donde entra el negocio de colaborador con la empresa para pagar en tiempo cualquier permiso o días festivos no nacionales

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  25. Como hacer un albun de sindicalizacion

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  26. No puedo agradecer lo suficiente al servicio de préstamos del Sr. Pedro y dejar que la gente sepa lo agradecido que estoy por toda la ayuda que usted y el personal de su equipo han brindado y espero recomendar a amigos y familiares en caso de que necesiten asesoramiento o asistencia financiera a una tasa de 2 para préstamos comerciales. .vía contacto : . pedroloanss@gmail.com . WhatsApp +18632310632

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